Tras la inhibición de la jurisdicción militar, al fin se ha puesto fecha para el juicio civil a los siete de Salé, el grupo de activistas de Derechos Humanos detenido en octubre del año pasado cuando regresaban de Tinduf. Tres de ellos, Brahim Dahane, Ali Salem Tamek y Ahmed Ennassiri permanecen aún en prisión.
El Tribunal Militar Marroquí que instruía el procedimiento contra el conocido Grupo de los Siete decidió el pasado 23 de septiembre su inhibición en dicho asunto, considerando que no se apreciaba en la actuación de los siete imputados, tres de ellos encarcelados, ninguna circunstancia objetiva que impicase el sometimiento del mentado procedimiento a la jurisdicción militar, y dictó e hizo pública Resolución inhibiéndose a favor de la Jurisdición Penal Ordinaria.
Con fecha de hoy lunes 4 de octubre se ha hecho público por los Tribunales de Primera Instancia Penales Marroquíes el señalamiento de de Vista Oral de Juicio Penal contra el refierdio Grupo, siendo ésta el próximo 15 de octubre.
Los acusados son Brahim Dahane, Ali Salem Tamek, Ahmed Ennassiri (los tres aún en prisión), Rachid Sgnaïr, Yehdid Terruzi, Saleh Leboihi y la única mujer Degcha Lechgar.
Los citados defensores de Derechos Humanos fueron detenidos de forma arbitraria el día 8 de octubre del año pasado en el aeropuerto de Casablanca, en el interior del avión en el que regresaban de visitar los Campamentos de Refugiados Saharauis, a los que habían acudido para reunirse con familiares y amigos.
La policía del Reino de Marruecos procedió a su detención, por órdenes directas de miembros del Ministerio de Interior, tras el anuncio efecutado por el Ministro de Comunicación marroquí, quien públicamente, antes de la llegada del avión manifestó que los Siete habían cometido "delitos de traición, de relacionarse con el enemigo..." entre otros.
Se procedió a remitir el expediente penal al Tribunal Militar, sometiendo a dicha jurisdicción a los defensores de derechos humanos saharauis, y 11 meses y 15 días más tarde el Tribunal militar declara su incompetencia para conocer del asunto, por inexistencia de elementos objetivos en los hechos denunciados que implique la necesidad de su reproche penal.
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